19 diciembre 2009

Responsabilidad civil en aeromodelismo

El colega Eduardo, webMaster de http://www.nurflugel.es/ (que le van mas las alas volantes que a mi vecina la brasileña el cimbrel de un guineano), ha publicado un iiiinteresante articulo sobre la responsabilidad civil en esto de el aeromodelismo.

Es una especie de publicidad viral de una medio-conocida marca de seguros.

Anuncian un seguro que por poco mas de 53 leuros al año te cubre deposibles marrones que puedas tener en la practica del aeromodelismo.

Algo muy interesante para pilotos ricos que vuelan cacharros mu pesados y apenas controlan.



Bueno...y en general para todos.( abstenerse de leer pilotos de corchos y demás artilugios infames)

Con su permiso y beneplácito, pego a continuación:


Según el Código Civil, en su artículo 1.902 "El que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado".


Para evitar que en caso de infortunio, el aficionado tenga que pagar por ello, las federaciones aeronáuticas territoriales ofrecen un seguro de responsabilidad civil a los federados incluido en la licencia. También ofrecen un seguro de asistencia sanitaria a los mismos, el cual no va ser objeto de este artículo.


De entre las exclusiones que tiene este seguro hay que destacar:

Los siniestros ocurridos fuera de los terrenos y zonas homologadas por las Federaciones, Dirección general de Aviación Civil o Estado Mayor del Aire.

Por lo tanto no queda asegurado si un federado vuela, por ejemplo en unas tierras que él conoce, por su pueblo. Tampoco lo estaría el volar en ladera fuera de los entrenamientos oficiales que formen parte de una competición controlada por la federación.


Por el momento no hay un criterio de homologación unificado de los campos de vuelo de aeromodelismo y varía de unas federaciones territoriales a otras, aunque se lo suelen copiar


Por ejemplo en la federación territorial de Castilla y León:

Situado fuera de las zonas de control y los espacios aereos controlados.

Lejos de servicios radioe-léctricos

Lejos de líneas eléctricas o telefónicas-aéreas

A más de 1Km de cualquie tipo de edificación habitada

Separado a mas de 200m de vías de comunicación comunales y a más de 1Km de carreteras nacionales, autovías, autopistas y vías ferroviarias.

La proximidad entre dos aeródromos nunca podrá ser inferior a 6Km

En cualquier caso la homologación es algo que concierne a la Junta Directiva de cada club y no al aficionado.

Los siniestros ocurridos en la de forma profesional, remunerada o de carácter comercial con la excepción del personal técnico en su función de instructores.

Para que los instructores tengan cobertura, la federación territorial tiene que haber reconocido (mediante unos trámites y requisitos) a la escuela de aeromodelismo a la que pertenezcan los instructores. Un aficionado no es instructor por el mero hecho de tener un alumno.


SEGURO PRIVADO INDIVIDUAL


Dado que muchos aficionados no pertenecen a clubes, no están federados o bién practican el aeromodelismo fuera de campo de vuelo (homologado), como el vuelo en ladera, surge la necesidad de contratar un seguro que de cobertura a estos casos.


Exclusiones:


Uso profesional

El uso particular es el que se realiza por simple afición, mientras que un profesional es alguien que cobra (en metálico o especie) por hacer un trabajo (vuelos publicitarios, demostraciones, escuela). Por simplemente comprar la versión PRO (abreviatura de profesional) o equipos tope de gama, no le hace a uno profesional.


Competiciones y exhibiciones

Son campeonatos y concentraciones en las que hay una organización que dirige el evento, y el cual se ha dado a conocer públicamente con el fin de divulgar la actividad ante un público. El quedar a nivel particular un grupo de amigos para volar, no es una concentración.


Garantías:


Se puede contratar este seguro con unos capitales de 150.000€ por siniestro, con subllímite por víctima de 150.000€ y franquicia de 60€, que tiene un coste de53,30€ anuales (consultar para otras posibilidades), asegurando la Práctica particular de vuelo de aeromodelos, planeadores y helicópteros radio-control, excluyendo las competiciones y exhibiciones en:

http://www.nurflugel.es/index.php?option=com_content&view=article&id=89:responsabilidad-civil-en-aeromodelismo&catid=11:vuelo&Itemid=12


Se incluye la práctica de vuelo guiado por cámara FPV

Esta oferta de seguro sólo es válida para esta agencia


Si bien es más que el coste de la licencia federativa, no limita la práctica a campos de vuelo homologados, quedando asegurada la práctica como aficionado del vuelo en ladera.


Actuación en caso de siniestro (tanto si se dispone de cualquier clase de seguro, como si no)


No intentar eludir la responsabilidad o darse a la fuga, esto podría ser tenido en cuenta negativamente en actuaciones posteriores.

Si la gravedad lo exige, avisar a la autoridad. Dado que en la mayoría de los casos sería en zona rural, corresponde a la Guardia Civil (atestado) o bién al 112 (asistencia sanitaria).

Hacer fotos (vale en teléfono móvil) y si es posible tomar datos de tesigos, aunque se sea culpable. Imagínate que cae tu avión en un árbol de un chalet y el propietario aprovecha para intentar reparar el tejado y cambiar la antena.

Comunicarlo a la mayor brevedad a la compañía, si existe seguro. Es obligación del asegurado facilitar los datos relativos al siniestro (daños, perjudicado, testigos, ...), para que puedan iniciar el trámite.

El perjudicado, por ley, tiene el derecho a poder reclamar directamente a la compañía de seguros del causante del daño. Claro está, que el causante del daño ha tenido que facilitar previamente a éste, los datos relativos al seguro que tenga contratado.


PREGUNTAS Y RESPUESTAS

¿Qué es el sublímite por víctima?

Se trata de lo máximo que la compañía indemnizaría a cada lesionado, (si hubiera varios) no pudiendo superar la suma de todos ellos, el límite por siniestro. Los seguros de algunas federaciones tienen de sublímite por víctima 60.000€


¿Qué es la franquicia?

Es una cantidad que establece la compañía para que el asegurado participe siempre con los primeros 60€ en cada siniestro, con el objeto de que tenga cuidado. La compañía sólo pagaría lo que excediese de 60€, con los límites máximos antes indicados. La franquicia sólamente es de aplicación en daños materiales, los daños personales no tienen franquicia. El seguro que ofrecen algunas federaciones pueden tener franquicias de hasta 300€


¿Si el seguro privado no pone límites, entonces se puede volar en cualquier lugar?

Ante la duda hay que aplicar el sentido común evitando correr riesgos innecesarios. Una buena zona para volar un pequeño acrobático indoor puede ser muy peligrosa para volar modelos de gran tamaño, es la experiencia y la lógica quien tiene que determinarlo. Una exclusión general de todos los seguros es el dolo (intención de causar un daño) y la negligencia grave, (ya se hablaría de responsabilidad penal, cárcel) por ejemplo, un aeromodelista con 20 años de experiencia, no puede pretender despegar y aterrizar un aeromodelo de gran tamaño en una plaza urbana. Se aseguran riesgos accidentales, no las temeridades.


¿Qué ocurre si quisiera competir o asistir a una exhibición?

Los seguros privados excluyen las competiciones y exhibiciones. Para competir, la organización exige estar federado. Sin embargo en las exhibiciones pueden darse dos casos: que exijan estar federado (y el campo de vuelo homologado) o bién que cuente con un seguro específico para dar cobertura a los participantes, federados o no. Uno daría cobertura a las carencias del otro.


¿En todos los seguros de responsabilidad civil, se habla de daños a terceros, pero qué son?

Por definición tercero es cualquier persona distinta de:


El tomador del seguro y asegurado

Cónyuges, ascendientes y descendientes del tomador y asegurado

Familiares que convivan con el tomador y asegurado

Socios, directivos, asalariados y personas que dependan del tomador y asegurado cuando actúen en dicho ámbito de dependencia. (Esta relación es sólo laboral, uno es jefe o empleado, únicamente en el trabajo. A no ser que uno vaya a volar con su servicio particular: guardaespaldas, chófer, mayordomo, ama de llaves, ...).

¿Es el aeromodelismo deporte aéreo?

Sí. Por lo tanto los seguros de hogar que tienen responsabilidad civil derivada de las prácticas deportivas como aficionado, excluyendo los deporte aéreos, no dan cobertura al aeromodelismo. El vuelo de cometas también está reconocido como deporte aéreo.


¿Un avión barato radio-control comprado en una juguetería está clasificado como aeromodelo?

Sí. Para empezar que lo vendan en una juguetería no lo convierte en juguete, y no lo es porque tiene partes móviles que pueden producir pequeñas lesiones, partes pequeñas que pueden soltarse y pueden ser tragadas por un niño, etc... . Además el simple hecho de que vuele, ya lo convierte en aeromodelo y por lo tanto en deporte aéreo, con las consecuencias legales pueda tener. Hay que recordar que existe una modalidad de aeromodelismo que es el vuelo libre, esto es, sin motor ni radio-control.


¿Es válida la cobertura expresa de aeromodelismo que dan ciertos segros de hogar?

Sí, aunque habría que conocer los límites y exclusiones específicas que pueda tener. No obstante habría que ver si compensa, porque sólo tienen esa garantía los seguros más altos de gama o está dentro de un paquete de garantías que podrían no ser de interés. Puede que el paquete que incluye el aeromodelismo, tenga un precio superior a 100€ a mayores, sobre el precio del seguro de hogar necesario, con inferiores límites y más exclusiones.


¿Si colisionan dos aeromodelos en el aire el seguro de cada uno pagaría el avión del otro?

No. Dado que no existe una normativa que regule la navegación de aeromodelos, no habría un culpable de haberla infringido y que de ese hecho hubiera derivado el accidente. No obstante la culpabilidad es algo que tendría que determinar el juez.


¿Quedan cubiertos los accidentes con aviones reales?

Las pólizas de aeromodelismo excluyen los accidentes aéreos con la aviación real. No obstante para que ocurra un accidente de este tipo, hay que porponérselo e ir a por ello. Para empezar, no se debe volar en zonas cercanas a aeropuertos ni aeródromos, lo mismo que zonas de exclusión aérea o tratar de volar a mas altitud que la que permite la vista. El espacio aéreo es algo muy serio y controlado, ante la duda, lo mejor es consultar y solicitar autorización a Aviación Civil, organismo que depende del Ministerio de Fomento.


Si accidentalmente enciendo mi emisora, en la misma en la que vuela otro aficionado, y su avión pierde el control y colisiona contra un tercero. ¿Cómo se resolvería?

En derecho se dice "La causa de la causa, es la causa del mal causado". Esto quiere decir que el que enciende una emisora (de radio-control o de comunicaciones) en la misma frecuencia que otro que esta volando y por ello se produce un accidente, sería el responsanle de todos los daños. Aunque es algo que habría que demostrar en el juicio con pruebas, junto con la legalidad, uso, frecuencia y potencia de emisión, de las emisoras. En el caso contrario, lo mas habitual, el responsable es el propietario del aeromodelo.


¿Está asegurado el FPV?

Entre las diferentes disciplinas de aeromodelismo reguladas por la federación(F1A, F2D, F3A, F3M, F5B,...), no se encuentra el FPV, no hay un campeonato de España de FPV, ya que se trata más de una actividad experimental en la que una parte del material es una emisora de RC y un avión, además de complejos equipos electrónicos, por tanto algunas compañías y seguros federativos, podrían excluirlo.


Tengo un seguro contratado con el epígrafe de "Aeromodelismo FPV" ¿Es válido?

Es mejor que en lugar de figurar unas siglas que pueden significar cualquier cosa, especifique claramente en lo que consiste la actividad, para evitar problemas en caso de siniestro (que no indemnice la compañía y tenga que ser el aficionado el que lo haga).


CONCLUSIÓN


No hay que autoengañarse creyendo que por tener contratado un seguro con un epígrafe distinto de la actividad exacta o estar realizando una actividad excluida se va a tener cobertura, o que la federación va a defender al aficionado frente a la compañía. Quien dá las garantía de defensa y responsabilidad civil, es la compañía de seguros y no la federación, de modo que si el siniestro se ha producido por algo que está excluído, cerrarán el expediente por no cobertura. ¡Cuidado!

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3 Comentarios:

a las 12/19/2009 1:29 p. m., Anonymous Anónimo dijo...

jodé, los de la camioneta del primer video curran fulltime. Supongo que en ese concurso tendrán hasta psicólogo especializado en shock post-traumático...

 
a las 12/21/2009 9:17 p. m., Anonymous Anónimo dijo...

Interesante esto del seguro, pero creoque hay que puntualizar algunas cosillas:
Primero, en la ladera si esta está reconocida por la federación se considera como pista de vuelo homologada.
Segundo, si alguien con muchos posibles se compra un modelo de esos de turbina que pesan tropecientos kilos, decide volarlo en la esquina de su casa y con él mata a un vecino, con 150.000 euros no cubres ni el principio.....
Para evitar estos disparates, de los que nadie esta excluido, se debe practicar siempre el aeromodelismo en una pista homologada, no en un campo que conoces o similar. De esta manera y acogiendose a una licencia federativa puedes obtener los beneficios que te proporcionan la licencia y la federación. Porque de lo que se paga por la licencia resulta que la parte del seguro son unos pocos euros, no el total de la misma.
Ahora haced lo que os salga de los huevos, pero recordad que lo mejor es volar siempre en un sitio homologado.

 
a las 12/28/2009 10:21 a. m., Blogger Edu dijo...

Está claro que lo mejor es volar en un campo de vuelo homologado. Pero no todos los los campos de los clubes cumplen con las normas que pone la federación en cuanto a distancias mínimas a carreteras y edificaciones habitadas.

Un club puede tener un campo homologado y al año siguiente haber una recalificación de terrenos, construir una urbanización a 100m y ya no se cumplirían las condiciones de homologación.

Homologar un campo de vuelo, no es sólo cumplir con las condiciones, sino solicitarlo junto con documentanción (autorización del propietario, etc...).

El que un club esté inscrito en la federación (y tramite licencias), no tiene nada que ver con que su campo de vuelo esté homologado.

Como ha dicho el compañero, que cada uno haga lo que le parezca o crea conveniente

 

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